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Los empresarios y el derecho a la consulta

Gerardo Gutierrez Candiani, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), en contra de los derechos de los pueblos indígenas; empresario oaxaqueño sin empresa, cuestionado en la forma en que su familia a amansado su fortuna como proveedor de medicamentos en el sector salud en Oaxaca.

Por Francisco López Bárcenas

México, D. F.

Periódico La Jornada

25/04/15  

   Lo quieren todo. No se conforman con tener a su favor las leyes, el aparato estatal que las aplica y las políticas gubernamentales para hacerlo posible.

 

Con el argumento de que necesitan garantizar la seguridad jurídica de sus inversiones en el sector energético, en la industria minera e incluso en proyectos de agua, a los que los pueblos indígenas y comunidades campesinas se oponen porque violan sus derechos al territorio y al acceso preferente a los recursos naturales, entre otros el señor Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), en una reunión con la Unión Social de Empresarios de México, expresó su interés de que las consultas a los pueblos indígenas, reguladas en la Constitución federal y el derecho internacional, no sean de cumplimiento obligatorio.

 

La declaración del representante empresarial no es fortuita. Se da justo cuando el gobierno mexicano ha extendido las primeras autorizaciones para que empresas trasnacionales realicen estudios en partes del territorio mexicano susceptibles de contener hidrocarburos, para aprovecharlos.

 

Otro elemento que gravita en torno a la expresión del representante de los empresarios es que los pueblos indígenas del país han decidido defender sus derechos haciendo uso de la ley, alegando precisamente violación de su derecho a la consulta.

 

Y como tienen razón en sus reclamos, a los jueces que les ha correspondido resolver tales demandas no les ha quedado otra salida que ampararlos, aunque eso no representa que sus derechos violados se les restituyan, porque siempre se atoran en la etapa de ejecución de la sentencia.

 

Esta es una lucha de larga data. La iniciaron los opositores a la Minera San Xavier, en el estado de San Luis Potosí, quienes ganaron todos los juicios pero no pudieron parar las actividades de la empresa porque pesaron más los intereses políticos que la protegían; le siguieron los wixaritari que se opusieron a que la empresa canadiense First Majestic Silver Corp destruyera sus lugares sagrados.

 

Después se vino una avalancha de amparos contra la extensión de concesiones mineras, generación de energía eólica, permisos para la siembra de soya transgénica, construcción de gasoductos, acueductos, aeropuertos, presas hidroeléctricas y autopistas.

 

En dichos juicios se han visto involucrados yaquis y rarámuris en el norte del país; nahuas, nuú savi, ikoots, binizaá, totonacos, ñanuú y mayas, entre otros pueblos.

 

Llama la atención la postura del presidente del Consejo Coordinador Empresarial pues ellos mismos impulsaron la regulación de ese derecho y su petición fue atendida por el Poder Legislativo federal.

 

En una reforma que en el año 2007 se introdujo a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, se estableció como objeto de dicha institución ser órgano de consulta y de colaboración de los tres niveles de gobierno, para el diseño, divulgación y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento de la actividad económica nacional.

 

Dicho en otras palabras, los empresarios están de acuerdo con la consulta siempre que ellos sean los consultados, pero no cuando las obras de ellos deban ser sometidos a consulta.

 

Curiosa certeza jurídica la que alegan, pues para proteger sus intereses no importa que se violen derechos reconocidos a otros ciudadanos o pueblos.

 

En otras circunstancias es probable que el deseo del señor Gerardo Gutiérrez Candiani sonara a los diputados o a los miembros del gobierno como una orden y se apresuraran a que se hiciera realidad.

 

Pero en las actuales eso resulta un tanto difícil. Primero, porque el derecho también se ha globalizado y las normas que regulan la consulta y su interpretación jurisprudencial se ha desarrollado más en instancias internacionales que en las mexicanas, lo que deja fuera de su alcance su modificación para reducir o desaparecer el derecho.

 

En estas circunstancias, cuando intentan acotarlo, como en la Ley de Hidrocarburos o la Ley de la Industria Eléctrica, resultan inconstitucionales y seguramente contra ellas se enderezarán amparos cuando intenten aplicarlas a los pueblos para despojarlos de su patrimonio y su futuro.

 

Por el bien de ellos mismos, los empresarios deberían admitir ya que los derechos de los pueblos indígenas, la consulta entre ellos, llegaron para quedarse.

 

De ahora en adelante, si quieren ver avanzar sus planes de desarrollo deberán contemplar como parte de los costos de sus proyectos el respeto de los derechos de los pueblos indígenas: su derecho a ser pueblos, su autonomía, su territorio, su acceso preferente a los recursos naturales y la consulta.

 

Esa es la mejor manera de alcanzar la certeza jurídica que dicen buscar.

 

Pretender que los derechos de los pueblos indígenas no generen obligaciones es apostarle al conflicto.

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